31 de mayo último día para el Nombrar Auditor Fiscal, para dictaminar el ejercicio 2026 y 1 de junio para presentar Dictamen e Informe Fiscal del Ejercicio 2025.


El Ministerio de Hacienda, a través de la Dirección General de Impuestos Internos, informa a los Contribuyentes obligados a Dictaminarse Fiscalmente, Contadores y Auditores Fiscales, lo siguiente:


  • A los contribuyentes, que finalizado el 31 de diciembre de 2025, hayan cumplido con alguno de los supuestos económicos establecidos en el Art. 131 del Código Tributario, o cumplan con lo dispuesto en el Art. 47 literal f) de la Ley de Servicios Internacionales, que el plazo para cumplir con la obligación de Nombrar Auditor Fiscal para el ejercicio 2026, vence el próximo 31 de mayo del citado año.

  • A los Auditores Fiscales, que hubieren sido nombrados conforme lo establece el Código Tributario, que el plazo para presentar el respectivo Dictamen e Informe Fiscal del ejercicio 2025, vence el próximo 1 de junio de 2026. (art.134 Código Tributario).

  • A los Auditores Fiscales, que hubieren sido nombrados conforme lo establece la Ley de Servicios Internacionales, que el plazo para presentar el respectivo Dictamen del segundo semestre del ejercicio 2025, vence el próximo 1 de junio de 2026. (Art. 47 Ley de Servicios Internacionales/ Art. 61 de su Reglamento de Aplicación).

  • A los Contribuyentes y Contadores, que deben cargar al Sistema del Dictamen Fiscal la información financiera y tributaria, a más tardar treinta (30) días calendarios previos a la finalización del plazo para presentar el referido Dictamen. (Circular No. 01/2018), plazo administrativo que, para el caso del Dictamen Fiscal de 2025 bajo Código Tributario o el Dictamen de la Ley de Servicios Internacionales del segundo semestre de 2025, vence el 30 de abril de 2026.

Se recuerda a los contribuyentes obligados a Nombrar Auditor y presentar Dictamen Fiscal, verificar que tanto el Contador a designado en el Sistema del Dictamen Fiscal, para el ingreso de la Información Financiera y Tributaria, así como el Auditor a ser nombrado para efectos de realizar la Auditoria Fiscal 2026, cuenten con Credencial Vigente, en el Consejo de la Vigilancia de la Profesión de Contaduría Pública y Auditoria por lo que le invitamos a consultar el estado del profesional de Contaduría Pública, mediante la consulta pública habilitada en el sitio Web de dicha institución (https://www.cvpcpa.gob.sv/), o haciendo uso del siguiente link: https://www.cvpcpa.gob.sv/webapp/servicios_cvpcpa/consulta_inscritos/. Con el fin de evitar inconvenientes futuros.


El nombramiento de Auditor, deberá ser informado a través del Sistema de Recepción del Informe de Nombramiento de Auditor Fiscal (F-456 V3), en un plazo máximo de 10 días hábiles siguientes de haber realizado el Nombramiento de Auditor de acuerdo al Artículo 131 inciso tercero Código Tributario.

Así como el Dictamen e Informe Fiscal, deberá ser presentado a través del Sistema de Recepción del Dictamen Fiscal (F-455), del cual se informa, que no ha sufrido cambio alguno, tanto a nivel de sistema de recepción como a nivel de plantillas, por lo que le sugerimos, tanto a Contribuyente/Contadores, realizar el proceso de carga de información en el menor tiempo posible a dicho sistema y al Auditor Nombrado realizar la presentación del Dictamen e Informe Fiscal en los plazos previstos en el Articulo 134 Código Tributario.

En caso de dudas, se pone a disposición los números telefónicos 2244-3660 y 2244-3688, y el correo electrónico [email protected] .

Así como le invitamos a consultar los requisitos establecidos para acceder a la asistencia solicitada por cualquier de los medios puestos a su disposición, dando clic a los siguientes links: